Cambio Inmobiliario

Puerta de apartamento cerrada con la llave puesta en la cerradura
Propietario

El arrendatario no le paga: qué hacer desde el día uno

La mora casi nunca empieza con un "no le voy a pagar". Empieza con una excusa razonable. Lo que usted haga esa primera semana define todo lo que viene después.

13 de septiembre de 2026 · 7 min de lectura
Imagen ilustrativa.

La mora casi nunca empieza con un portazo. Empieza con un mensaje amable: “vecino, esta semana se me complicó, el lunes le consigno sin falta”.

Y usted, que es persona decente, dice que no hay problema. Llega el lunes y no pasa nada. Llega el viernes y aparece otro mensaje parecido. Para cuando usted decide ponerse serio, ya van dos meses.

Esos dos meses no vuelven. Y el problema es que el reloj que importa —el de la ley y el de la negociación— empezó a correr desde el primer día, no desde el día en que usted se cansó.

El mes que no le pagan no vuelve. Usted deja de recibir, pero no deja de pagar.

Primero: lo que NO puede hacer

Empecemos por acá porque es donde más gente se mete en problemas, y casi siempre por rabia justificada.

Usted no puede cambiar la cerradura. No puede cortarle el agua ni la luz. No puede entrar al inmueble sin autorización, aunque sea suyo y aunque tenga las llaves. No puede sacar los muebles a la calle. No puede impedirle la entrada.

Todo eso, por más que suene a justicia, lo pone a usted del lado equivocado. La recuperación del inmueble en Colombia es un asunto que se resuelve por vía judicial o por acuerdo, no por mano propia. Un propietario que se toma la justicia por su cuenta pasa de ser el afectado a ser el demandado, y termina pagando lo que no debía.

Guarde la rabia. Le va a servir para ser constante, no para actuar rápido y mal.

Día 1 al 3: el contacto que sí sirve

Apenas pasa la fecha de pago, comuníquese. No a los diez días: al día siguiente.

Y no lo haga por una llamada que después nadie puede probar. Escriba. WhatsApp sirve, correo sirve, cualquier medio que deje registro con fecha. El tono debe ser cordial y firme al mismo tiempo:

  • Recuerde el valor exacto pendiente y la fecha en que venció.
  • Pregunte, sin ironía, qué pasó. La respuesta le dice muchísimo.
  • Pida una fecha concreta de pago. No “apenas pueda”: una fecha.

Ese primer mensaje hace dos cosas. Le da al arrendatario responsable la oportunidad de resolverlo sin drama, que es lo que pasa la mayoría de las veces. Y le pone fecha al reloj del arrendatario que no piensa pagar.

Lea la respuesta con atención

Hay una diferencia enorme entre “se me atrasó el pago de un cliente, el jueves le consigno” y el silencio. Entre quien contesta y propone algo, y quien deja los mensajes en visto.

El que se comunica casi siempre paga. El que desaparece, casi nunca. Actúe distinto con cada uno.

Día 4 al 15: acuerdo por escrito o activación del respaldo

Si hay voluntad de pagar, haga un acuerdo. Pero por escrito, con valores y fechas exactas, y firmado por ambos. Un acuerdo de palabra no es un acuerdo: es una conversación que después cada uno recuerda distinto.

Si no hay respuesta o la fecha prometida se venció otra vez, es momento de activar el respaldo que se estructuró al firmar el contrato:

  • Si hay póliza de arrendamiento, avise a la aseguradora de inmediato. Las pólizas tienen plazos para reportar el siniestro, y reportar tarde puede costarle la cobertura. Este es el error más caro y más común: propietarios que tenían póliza y la perdieron por avisar dos meses después.
  • Si hay codeudor, comuníquese con él formalmente. No para amenazar: para informarle. Muchos codeudores no saben que su apadrinado está en mora y reaccionan poniéndose al día ellos mismos.

Acá se nota si el respaldo se armó bien o se armó por cumplir. Un codeudor sin finca raíz ni ingresos demostrables no le sirve el día que lo necesita.

Día 15 al 30: requerimiento formal

Si nada de lo anterior movió la aguja, toca subir el tono al terreno formal. Una comunicación escrita que deje constancia de la mora, del valor adeudado y de las consecuencias.

Este paso conviene hacerlo bien, porque es el que después sostiene todo lo demás. Los datos deben estar exactos: valores, fechas, número de contrato. Un requerimiento con errores le resta fuerza a su posición.

Y una advertencia sobre el envío: la ley es específica en cómo deben hacerse ciertas comunicaciones al arrendatario en contratos de vivienda urbana. Mandarlo por el canal equivocado puede volverlo inútil justo cuando lo necesita. Si va a llegar a este punto, vale la pena que lo revise alguien que sepa.

Aplica a vivienda urbana

Lo descrito acá sigue la lógica de la Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana. Los locales, oficinas y bodegas se rigen por el Código de Comercio y por lo pactado en el contrato: los tiempos y las causales son otros.

Después del mes: la decisión difícil

Llegado este punto hay que decidir entre dos caminos, y ninguno es gratis.

Negociar la entrega

Suena a derrota, pero muchas veces es la mejor jugada. Acordar una fecha de entrega voluntaria, a cambio de condonar parte de lo adeudado o de no reportarlo, puede devolverle el inmueble en semanas en vez de meses.

Haga la cuenta fría: si perdonar un mes de canon le devuelve el inmueble ocho meses antes, perdonar ese mes es el mejor negocio disponible. La plata que ya perdió, perdida está. Lo que se decide ahora es cuánto más va a perder.

El proceso de restitución

Es el camino formal para recuperar el inmueble. Funciona, y es la vía correcta cuando el arrendatario decidió no colaborar. Pero hay que entrar con las expectativas claras: toma tiempo, tiene costos de abogado y no le garantiza recuperar la plata adeudada, solo el inmueble.

Estimado de mercado

Un proceso de restitución en Bogotá puede tomar entre 8 y 14 meses. Es un estimado del sector, no una promesa: depende del juzgado, de la causal y de qué tan completo esté el expediente.

Por eso todo lo anterior importa tanto. Cada semana que usted gana negociando bien es una semana que no pasa esperando un juzgado.

Los tres errores que más caro salen

  1. Esperar. “Démosle un mes más a ver si se compone.” Ese mes más suele volverse cuatro. La comprensión es una virtud, pero no cuando reemplaza a la gestión.
  2. No dejar rastro. Todo por llamada, nada por escrito. Después no hay cómo demostrar que usted requirió el pago, ni cuándo.
  3. Avisar tarde a la aseguradora. Tener póliza y perderla por reportar fuera de plazo es la forma más absurda de perder plata que ya había pagado.

Cómo no llegar acá

Es incómodo decirlo cuando alguien ya está en el problema, pero la mora casi siempre se decide antes de que empiece: en el estudio del arrendatario y en cómo quedó armado el respaldo.

Un arrendatario cuyos ingresos no dan tres veces el canon entra al contrato ya apretado. Un codeudor de papel no responde. Una póliza que nadie leyó no cubre lo que usted creía.

Cuando alguien administra el inmueble de manera profesional, el día uno de mora no se pierde discutiendo qué hacer: hay un procedimiento y arranca solo. Eso es, en el fondo, lo que se está pagando.

Si ya está en esta situación

Escríbanos y le decimos qué haría nosotros con su caso concreto, aunque no nos contrate. A veces con ordenar los pasos y mandar la comunicación correcta se destraba en dos semanas algo que llevaba meses estancado.

Y si el inmueble ya está desocupado y quiere que la próxima vez no pase lo mismo, acá le contamos cómo estudiamos a un arrendatario antes de entregarle las llaves a nadie.

Si su inmueble está en Kennedy, conozca cómo trabajamos como inmobiliaria en Kennedy para propietarios.

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